Consejo Escolar

¿QUE ES? ¿PARA QUÉ SIRVE? ¿QUÉ HACE?

Las funciones del Consejo Escolar se recogen en la Ley Orgánica 2/2006 de Educación (LOE), Artículo 127. A continuación os marcamos las más significativas.

  1. Aprobar y evaluar los proyectos.
  2. Aprobar y evaluar la programación general anual del centro (sin perjuicio de las competencias del Claustro de profesores, en relación con la planificación y organización docente).
  3. Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos.
  4. Ser informado del nombramiento y cese de miembros del equipo directivo del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.
  5. Elaborar propuestas e informes, a iniciativa propia a petición de la Administración competente, sobre el funcionamiento del centro y la mejora de la calidad de la gestión, así como sobre aquellos otros aspectos relacionados con la calidad de la misma.
  6. Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar porque se atengan a la normativa vigente.
  7. Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la igualdad entre hombres y mujeres y la resolución pacífica de conflictos en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social.
  8. Promover la conservación y renovación de las instalaciones y equipo escolar y aprobar la obtención de recursos complementarios.
  9. Fijar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con las Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos.
  10. Analizar y valorar el funcionamiento general del centro.
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